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BASES LEGALES
Promoción “BIC® Papelería — La Isla Olvidada”

Artículo 1. Organizador y duración de la promoción

BIC Iberia, S.A.U., provista de N.I.F. A-08086878 y con domicilio social en el Polígono Industrial “Entrevies” s/n (Complejo BIC), 43006 Tarragona (en adelante, la «Sociedad Organizadora») [verificar los datos identificativos de la Sociedad Organizadora], organiza una promoción dirigida al consumidor final que reúna los requisitos que se detallan en las presentes bases, denominada «BIC Y LA ISLA OLVIDADA» (en adelante, la «Promoción»).

El periodo de participación tendrá una duración de un (1) mes, comprendido entre las 00:00 h del 14 de septiembre 2026 y las 24:00 h del 16 de octubre 2026, ambas horas peninsulares. La Promoción consiste en un sorteo de carácter aleatorio que se celebrará una vez finalizado dicho periodo de participación, con los premios que se describen en el Artículo 5. El sorteo se realizará de forma automática a través de la plataforma de sorteos online Easypromos (https://www.easypromosapp.com/), que garantiza la aleatoriedad y la trazabilidad del proceso y emite el correspondiente certificado de validez del sorteo. Las presentes bases estarán disponibles en formato electrónico en bic-y-la-isla-olvidada.es.

Artículo 2. Régimen jurídico

La presente Promoción es de alcance estatal y se configura como una combinación aleatoria con fines publicitarios o promocionales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.i) de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego. Conforme a su artículo 1.2.c), a esta Promoción no le resultan de aplicación los preceptos sustantivos de dicha Ley, si bien sí le es aplicable el régimen fiscal establecido en su artículo 48.

Artículo 3. Requisitos de participación

Podrán participar en la Promoción las personas que cumplan, de forma acumulativa, los siguientes requisitos:

Artículo 4. Mecánica de la Promoción

4.1. Descripción general.

Para participar, la persona interesada solo deberá cumplimentar el formulario disponible en la web bic-y-la-isla-olvidada.es y adjuntar en él una fotografía del ticket de compra junto con el producto de papelería BIC® adquirido. La Promoción se basa en la celebración de un sorteo aleatorio, una vez finalizado el periodo de participación, entre todas las participaciones válidas registradas. A diferencia de otras mecánicas, las personas participantes no conocen el resultado en el momento de participar: los premios se adjudican en el sorteo posterior al cierre.

4.1.1. Datos y documentación. Límites de participación

Para participar será necesario ser mayor de edad, residir en España y cumplimentar el formulario con los siguientes datos:

En cuanto a los límites de participación:

No se admitirán como justificantes de compra órdenes de pedido, albaranes ni cualquier documento que no sea un ticket o factura de compra válida del producto fotografiado. Las personas participantes deberán conservar el ticket de compra por si la Sociedad Organizadora lo requiere.

4.1.2. Validación de las participaciones

Existirá un control de las participaciones, basado, entre otras, en las siguientes actuaciones, de carácter meramente enunciativo:

4.1.3. Validación de la identidad

Con el fin de garantizar la integridad y la transparencia de la Promoción y de proteger a quienes participan de buena fe, la Sociedad Organizadora podrá solicitar, cuando resulte necesario, la copia de un documento oficial de identidad (DNI, NIE o pasaporte) para verificar la identidad de la persona participante y validar su participación. Esta solicitud se realizará exclusivamente con dicha finalidad y para la prevención del fraude, en los términos del Artículo 8.

4.1.4. Acceso al formulario de participación

Las personas participantes accederán a la web bic-y-la-isla-olvidada.es y cumplimentarán el formulario con todos los datos obligatorios, adjuntando la imagen del ticket junto con el producto de papelería BIC® adquirido.

4.1.5. Celebración del sorteo

Finalizado el periodo de participación, se celebrará un sorteo aleatorio de forma automática a través de la plataforma de sorteos online Easypromos, entre todas las participaciones válidas y no excluidas. La fecha prevista del sorteo es el 19 de octubre 2026 [FECHA DEL SORTEO] (o, en su defecto, dentro de los 10 días hábiles siguientes al cierre de la Promoción).

En dicho sorteo se seleccionarán de forma aleatoria a las veinte (20) personas ganadoras de las entradas dobles y a las diez (10) personas ganadoras de los paquetes de merchandising, así como una lista de personas suplentes por orden de extracción, para el caso de que alguna ganadora no cumpla los requisitos o no acepte el premio. La plataforma garantiza la aleatoriedad del sorteo, el registro con sello temporal y la trazabilidad completa del proceso, y emite un certificado de validez del resultado que la Sociedad Organizadora conservará y podrá poner a disposición de quien acredite interés legítimo. Este certificado sustituye, a estos efectos, al depósito notarial de las bases y del resultado.

En caso de que el número de participaciones válidas fuera inferior al de premios, o de que no pudieran adjudicarse por causas previstas en estas bases, los premios no adjudicados se declararán desiertos y no serán atribuidos.

Artículo 5. Descripción de los premios

Se sortearán dos categorías de premios vinculados a la película «La Isla Olvidada»:

Veinte (20) entradas dobles para asistir a la proyección de la película «La Isla Olvidada» en salas de cine

Diez (10) paquetes de merchandising oficial de la película «La Isla Olvidada» mochila + pulsera con charms. Valor unitario estimado: mochila 10,75€, pulsera 7,84€; valor conjunto de la categoría: [185,9€].

Valor económico conjunto de los premios de la Promoción: 469,9€.

Mecánica de canje y entrega

Artículo 6. Personas premiadas y entrega

6.1. Comunicación a las personas ganadoras.

Celebrado el sorteo, la Sociedad Organizadora comunicará el resultado a las personas ganadoras por correo electrónico, a fin de contrastar sus datos y gestionar la entrega del premio. Si la persona ganadora no cumpliera los requisitos de estas bases o no aportará los datos necesarios en los plazos previstos, perderá el derecho al premio, que pasará a la persona suplente correspondiente, sin posibilidad de reclamación.

6.2. Ganadores de entradas dobles.

Una vez validada su participación, recibirán su premio en la dirección de correo electrónico facilitada, en formato digital (PDF o código), conforme al Artículo 5.

6.3. Ganadores de merchandising: recogida de la dirección postal.

Dado que el paquete de merchandising se remite por correo postal, la Sociedad Organizadora se pondrá en contacto con la persona ganadora, por correo electrónico, dentro de las 72 horas siguientes al anuncio de las personas ganadoras, solicitándole que facilite su dirección postal y un teléfono de contacto para el envío del premio. Si no respondiera en el plazo de 72 horas desde ese primer contacto, se realizará un segundo intento de contacto. Transcurridas 48 horas desde el segundo intento sin obtener respuesta, la persona ganadora perderá el derecho al premio, que pasará a la primera persona disponible de la lista de suplentes, sin posibilidad de reclamación.

6.4. Personas suplentes.

Serán suplentes las personas participantes siguientes, por orden de extracción del sorteo. Antes de la entrega se comprobará nuevamente que su participación cumple estas bases; de ser así, se procederá a la entrega del premio en los términos previstos en el Artículo 5. En el caso del merchandising, a la persona suplente se le aplicará el mismo procedimiento de recogida de la dirección postal descrito en el apartado 6.3.

6.5. Entrega y responsabilidad.

Las entradas dobles se entregarán por correo electrónico y los paquetes de merchandising por correo postal, gestionado por BIC, a la dirección facilitada por la persona ganadora. La Sociedad Organizadora no será responsable de la inexactitud de los datos aportados por las personas participantes, ni de las incidencias de transporte, entrega o funcionamiento del correo electrónico o postal ajenas a su control. Un premio no retirado o no entregable por causas imputables a la persona ganadora no podrá reclamarse posteriormente y no será atribuido.

Artículo 7. Propiedad intelectual e industrial

Queda prohibida la reproducción, representación o explotación, total o parcial, de los elementos que componen la Promoción y su plataforma. Todas las marcas, denominaciones, grafismos y nombres de productos BIC® son titularidad de BIC o de sus respectivos titulares o licenciatarios. Asimismo, la película «La Isla Olvidada», su título, imágenes, personajes y materiales de merchandising son titularidad de su respectivo titular o licenciatario UNIVERSAL PICTURES INTERNATIONAL SPAIN, S.L. y se utilizan en la Promoción con su autorización.

Artículo 8. Protección de datos personales

Artículo 9. Responsabilidad

La Sociedad Organizadora se reserva el derecho de anular, modificar, acortar o prorrogar la Promoción si circunstancias ajenas a su voluntad así lo exigen, sin incurrir por ello en responsabilidad. Tampoco será responsable de las incidencias técnicas (de conexión, pérdida, retraso o registro incompleto de datos), de la información incorrecta facilitada por las personas participantes, de la eventual indisponibilidad de la plataforma o el sitio web, ni de los riesgos inherentes al uso de Internet. Corresponde a cada participante adoptar las medidas oportunas para proteger sus datos y equipos.

Artículo 10. Exclusión de participantes

La Sociedad Organizadora podrá excluir de la Promoción, en cualquier momento y sin previo aviso, a cualquier persona que adopte una conducta desleal o fraudulenta o que perjudique el correcto desarrollo de la Promoción, así como anular las participaciones que incumplan estas bases. Quien resultará ganador/a y no accediera a identificarse conforme al Artículo 3 se entenderá que renuncia al premio.

Artículo 11. Aceptación, disponibilidad y modificación de las bases

La participación en la Promoción implica la aceptación íntegra de estas bases y de las decisiones de la Sociedad Organizadora sobre su interpretación y aplicación. Las presentes bases estarán disponibles en formato electrónico y descargables en bic-y-la-isla-olvidada.es durante toda la vigencia de la Promoción. El sorteo se gestiona a través de la plataforma indicada en el Artículo 1, que emite el certificado de validez del resultado; en consecuencia, las bases y el resultado no se depositan ante notario. En circunstancias excepcionales, la Sociedad Organizadora podrá modificar total o parcialmente las bases, informando a las personas participantes mediante anuncio en el sitio web.

Artículo 12. Reclamaciones

No se atenderá ninguna reclamación transcurridos dos (2) meses desde la finalización de la Promoción. Si los datos facilitados por la persona participante no permiten informarle del premio o hacérselo llegar, perderá su condición de ganador/a sin derecho a reclamación.

Artículo 13. Ley aplicable y jurisdicción

Las presentes bases se rigen por la ley española. Si alguna de sus cláusulas fuera declarada nula o inaplicable, las restantes conservarán su plena vigencia. Cualquier controversia se intentará resolver de forma amistosa y, en su defecto, se someterá a los juzgados y tribunales competentes por razón del domicilio de la Sociedad Organizadora, salvo disposición imperativa en contrario.

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